El costo varía según el tamaño de la empresa y la ubicación de la misma, ya que los correspondientes colegios regulan los pisos de los precios del mercado.
Exiten dos opciones de contratación:
- «Todo incluido»: Un abono mensual que incluye todas las tareas, estudios, mediciones y capacitaciones anuales.
- Modalidad básica: Visita mensual y capacitaciones, con estudios adicionales cotizados por separado.
Valores de referencia — Modalidad básica
- De 1 a 15 trabajadores: aproximadamente $191.500/mes.
- De 16 a 30 trabajadores: aproximadamente $306.400/mes.
- De 31 a 60 trabajadores: aproximadamente $459.600/mes.
Además, para calcular la cantidad de horas profesionales, se debe realizar el cálculo en base al Decreto 1338/96, el cual determina la asignación mensual de horas profesionales según dos factores:
1. Riesgos y características de la actividad
Para determinar la categoría, se deben analizar los capítulos del Decreto 351/79, tal como se explica en la siguiente tabla:
| Categoría | Capítulos del Decreto 351/79 que se consideran |
|---|---|
| A | Capítulos 5, 6, 11, 12, 14 y 18 al 21 |
| B | Capítulos 5, 6, 7 y 11 al 21 |
| C | Capítulos 5 al 21 |
Una vez que sabemos la categoría, lo que debemos hacer es determinar la cantidad de trabajadores equivalentes. Para ello, vamos a realizar el siguiente cálculo:
Trabajadores de producción + (trabajadores administrativos / 2)
Ejemplo práctico
- Personal de producción / operativo: 10 empleados → suman 10 trabajadores equivalentes.
- Personal administrativo: 10 empleados → suman 5 trabajadores equivalentes (10 / 2).
- Total de trabajadores equivalentes: 15 trabajadores equivalentes.
Una vez que tenemos estos dos datos, podemos pasar al siguiente cuadro, el cual determina la cantidad de horas profesionales que debe tener tu empresa.
Tabla de horas profesionales
| Trabajadores equivalentes | Categoría A | Categoría B | Categoría C |
| 1–15 | — | 2 h/mes | 4 h/mes |
| 16–30 | — | 4 h/mes | 8 h/mes |
| 31–60 | — | 8 h/mes | 16 h/mes |
| 61–100 | 1 h/mes | 16 h/mes | 28 h/mes |
En resumen
Si tu empresa pertenece a la categoría A y tiene menos de 61 trabajadores equivalentes, el Decreto 1338/96 no establece horas profesionales mínimas en la tabla para esa categoría dentro de ese rango.
Sin embargo, para determinar si corresponde o no contar con un Servicio de Higiene y Seguridad, se deben analizar también las excepciones y demás condiciones establecidas por el Decreto 1338/96.